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Derecho Humano al Medio Ambiente Sano en Nicaragua

El Derecho Humano a un medio ambiente sano incluye diferentes aspectos del entorno natural y físico, en el que una persona se desarrolla. Lo más importante de esto, es que ese ser humano cuente con todas las condiciones que le faciliten desarrollarse dignamente. Además, protege al medio ambiente como un bien de todos y todas, reconociendo su enorme y transversal influencia en el goce y disfrute de todos los derechos humanos.

La Constitución Política de Nicaragua es una de las más avanzadas en el reconocimiento del medio ambiente, de hecho, lo conceptualiza de la siguiente manera:

“La Tierra forma con la humanidad una única identidad compleja; es viva y se comporta como un único sistema autorregulado formado por componentes físicos, químicos, biológicos y humanos, que la hacen propicia a la producción y reproducción de la vida y que, por eso, es nuestra madre tierra y nuestro hogar común”.

La misma Constitución reconoce que “Los nicaragüenses tienen derecho de habitar en un ambiente saludable, así como la obligación de su preservación y conservación”, de esa forma el Estado de Nicaragua reconoce el derecho a un ambiente saludable.

La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos de Nicaragua reconoce que, desde el año 2007, fecha en que asume el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN), se ha puesto en práctica una política de protección y defensa de la Madre Tierra, lo que se manifiesta en los planteamientos del Programa Nacional de Desarrollo Humano (2018-2021) y se ha hecho realidad con la ejecución de diversos programas y proyectos. Como parte de los esfuerzos de Nicaragua en las negociaciones internacionales sobre el Cambio Climático, destacan:

  • Primera signataria de la “Declaración Universal del Bien Común de la Tierra y la Humanidad” en el año 2010.
  • Ratificación de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático en 1995 y en 1999 ratificación del Protocolo de Kioto.
  • Nicaragua ha propuesto en las últimas Conferencias de las Partes (COP) que el tema de Pérdidas y Daños sea elevado a la misma categoría de Mitigación y Adaptación en la Convención Marco, para que de esta manera se puedan transferir y recibir recursos del En ocasión de los Esfuerzos nacionales por la preservación del ambiente y en la lucha contra el Cambio Climático:

El Gobierno de Nicaragua ha emprendido una serie de acciones contundentes para la protección del medio ambiente y la garantía del derecho a un medio ambiente sano, entre lo que destaca:

  • En los últimos 13 años se ha consolidado todo un amplio marco jurídico que sienta las bases para que el país pueda hacer frente a los efectos adversos que la variación climática mundial está produciendo precisamente en los países como Nicaragua que, proporcionalmente, es de los menos contaminantes.
  • Adicionalmente, se tiene una efectiva promoción de la participación del sector privado en inversiones en sectores sensibles para esta respuesta al cambio climático, tales como energía renovable, plantaciones forestales comerciales, transformación de sistemas agropecuarios sostenibles y educación ambiental.
  • Nicaragua también ha realizado un gran esfuerzo para la meta de reforestación de 2.8 millones de hectáreas de tierra. Se han comprometido con el Fondo Cooperativo del Carbono (FCPF) en reducir las emisiones en aproximadamente 11 millones de toneladas de Gases de efecto Invernadero (GEI) en cinco años y se recibirá a cambio incentivos positivos por 55 millones de dólares.
  • A mayo de 2020 la matriz de generación es más del 70% a base de fuentes renovables: generación solar, eólica, hidroeléctrica, geotérmica y biomasa, sumado a esto, la cobertura eléctrica es del 97.2% y la meta de este año es llegar al 98.4%, siendo 54% en 2007.

Con la intención de garantizar el acceso a un medio ambiente sano de forma integral, el Gobierno de Nicaragua ha creado estrategias para la prevención de riesgos ante desastres naturales.

El Gobierno de Nicaragua también ha promovido ante el Poder Legislativo la adopación y actualización de leyes que protegen el medio ambiente y que castigan las acciones que dañan o contaminan. Por ejemplo:

  • Ley No. 641, Código Penal, regula entre otros, los delitos contra el medio ambiente y los recursos naturales.
  • Ley No. 626, Ley que crea la Comisión de Desarrollo Sostenible de la Cuenca Hídrica del Lago Cocibolca y del Río San Juan.
  • Ley No. 833, Ley que Declara y define los Límites de la Reserva de Biósfera de la Isla de Ometepe.
  • Digesto Jurídico de La Ley No. 443, Ley de Exploración y Explotación de Recursos Geotérmicos.
  • También ha generado la Política Nacional de Gestión Integral del Riesgo de la República de Nicaragua (PNGIR-Nic) y el Plan Nacional de Gestión Integral del Riesgo de Desastres, como las principales herramientas que vinculan los acuerdos regionales con las prioridades nacionales. Ambos instrumentos son fundamentales para ejecutar acciones de forma ordenada, organizada, programada, estratégica y efectiva.

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