PDDH

Comunicado PDDH en el Dia Mundial de las Personas Refugiadas

El día de hoy, 20 de junio de 2014, en conmemoración del Día Mundial de las Personas Refugiadas, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, manifiesta que:

El derecho de asilo constituye para muchos seres humanos, el último derecho al que una persona puede acogerse una vez ha perdido prácticamente todos los demás y se ve expuesta a todo peligro y con la obligación de huir, y que es una cuestión ética, política y jurídica para el Estado y la sociedad que establezcamos los mecanismos necesarios para que las vidas de estas personas reciban la protección legal y social de las que son merecedoras, de acuerdo al artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

El derecho de asilo, refugio o protección internacional está expresamente contemplado en el ordenamiento jurídico de la República de Nicaragua, constituyendo de hecho uno de los principios de nuestra Constitución Política, y formando además parte del cuerpo del Derecho Internacional por los Derechos Humanos, que es de obligado cumplimiento para el Estado, fundamentalmente basado en la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, y en el Sistema Interamericano, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984.

En la legislación nacional se ha desarrollado y reglamentado el derecho de asilo a través de la Ley 655, “Ley de Protección a Refugiados”. Esta ley regula el funcionamiento de la Comisión Nacional para los Refugiados (CONAR), que reúne a los agentes del Estado y de la sociedad organizada implicados en la protección de las personas refugiadas. La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos tiene el honor de formar parte de la CONAR, y desde ella redoblamos nuestros esfuerzos para que el Estado de Nicaragua cumpla con sus obligaciones en materia de asilo para las personas que requieren protección internacional.

Según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, más de 45 millones de personas se ven obligados a huir de sus países o sufrir desplazamiento interno como consecuencia de la persecución, la violencia y la violación de sus Derechos Humanos, amenazados por pertenecer a grupos políticos, a minorías étnicas, nacionales o religiosas, líderes sindicalistas, defensoras y defensores de derechos humanos, activistas por los derechos de la mujer, por orientación sexual diferente o identidad de género, y población civil expuesta a conflictos armados, junto a nuevas amenazas a nivel regional como el crimen organizado transnacional, han constituido y constituyen el gran flujo humano que tras el exilio, se ha de acoger al derecho a solicitar y obtener protección en un país seguro.

Desde la PDDH queremos insistir en LA IMPLMENTACIÓN DE mecanismos QUE FACILITEN EL PROCEDIMIENTO Y RECONOCIMIENTO del asilo HUMANITARIO Y POLITICO; AMPLIAR ESTOS COMPONENTES A LA PROTECCIÓN FAMILIAR CON ESPECIAL ENFASIS A LOS MENORES DE EDAD Y TOMAR PROVIDENCIAS PARA LA INTEGRACION SOCIAL Y RIVALIZAR CONTRA EL RACISMO Y DISCRIMINACIÓN DE LOS REFUGIADOS